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Exoneracion del Impuesto de Primaria para pequeños productores rurales

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El 30 de abril vence el plazo para que pequeños productores soliciten la exoneración del impuesto de primaria.

Los pequeños productores, propietarios de explotaciones entre 200 y 300 ha CONEAT 100, están exoneradas del Impuesto de Primaria.

Para obtener la exoneración deben presentar una declaración jurada ante DGI antes del 30 de abril.

Para facilitar el trámite de exoneración la DGI preparó 17.708 declaraciones juradas borrador, con los datos del año 2017. Estas se encuentran disponibles en la página web de DGI en Servicios en Línea.

Si esta declaración es confirmada antes del 30 de abril de 2018, el productor quedará exonerado sin realizar ningún trámite adicional.

Si la explotación tuvo cambio en el número de Padrones se deberá presentar la declaración jurada formulario N° 3980.

Los propietarios de padrones rurales que explotan hasta 200 Hs. CONEAT 100 y que presentaron declaración ante las intendencias departamentales para beneficiarse de la exoneración de la Contribución Inmobiliaria, están exonerados y no deben realizar ningún trámite ante la DGI.

Hasta el momento se han recibido un número aproximado de 8.000 declaraciones juradas.

Más información sobre padrones rurales aquí.

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