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Polémica charla sobre aborto en Salto: ¿Qué determina la violación de la laicidad en la enseñanza?

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El martes pasado el Consejo de Educación Secundaria (CES) resolvió iniciar un sumario con separación del cargo y retención del 50% de los haberes a la directora del Liceo Nº 1 de Salto, Diana Lucero, luego de que la diputada del Movimiento de Participación Popular (MPP) Manuela Mutti presentara una denuncia de violación a la laicidad en ese centro educativo.

Mutti señala que el jueves 30 de junio un grupo de madres que se presentaron como «comprometidas en la lucha contra el aborto» dieron en el liceo una charla exponiendo su perspectiva sobre el tema. Allí –agrega la legisladora- repartieron folletos alusivos al asunto, con imágenes católicas y condenando el uso de métodos anticonceptivos. También entregaron estatuillas que representaban fetos.

La directora general de Secundaria, Celsa Puente, dijo que aún “no está claro cómo este «grupo de madres» llegó al liceo Nº1 de Salto, ni de dónde provienen”. Agregó que desconoce si alguna de las mujeres es familiar de algún alumno, y aseguró que la directora del instituto en ningún momento pidió autorización a la inspección para realizar la actividad, tal como lo establece el reglamento.

Algunas dudas

El caso, que viene siendo muy comentado, volvió a traer al debate público el principio de la laicidad. Y una de las preguntas que quedó arriba de la mesa es: Asumiendo que las cosas ocurrieron como denuncia la diputada Mutti, ¿por qué una charla de ese tipo violaría el principio de laicidad en la educación pública, porque tuvo connotaciones religiosas o porque se expresó en contra del aborto? O, para ser más precisos, ¿qué criterios y normas emplearon las autoridades para concluir que la directora salteña habría infringido la normativa vigente?

Puente en Facebook

La directora del CES, Celsa Puente, dio ayer una pista. Sin hacer mención al caso concreto del liceo Nº 1 Salto, en su cuenta de Facebook publicó el artículo 3 del Estatuto del Funcionario Docente (*). Esta disposición refiere a los deberes de los profesores y dice:

c) garantizar plenamente la independencia de la conciencia moral y cívica del educando, ya que la función docente obliga al tratamiento integral, imparcial y crítico de las diversas posiciones o tendencias relativas al estudio y la enseñanza de la asignatura respectiva.

d) abstenerse de hacer proselitismo de cualquier especie, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de las mismas, ni permitir que los bienes o el nombre del Ente sean usados con tales fines”.

e) abstenerse de hacer proselitismo de cualquier especie, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de las mismas, ni permitir que los bienes o el nombre del Ente sean usados con tales fines. La violación de este inciso será preceptiva causal de destitución.

Averiguaciones en CES

Fuentes del CES consultadas por En Perspectiva dijeron que la directora del liceo fue sancionada por presuntas “incorrecciones graves” que se apartan de los deberes establecidos en el estatuto.

Las disposiciones citadas ni siquiera mencionan el concepto de laicidad expresamente, pero, según explicaron los informantes, marcan el límite de lo que se considera una violación a este principio. Para las autoridades que consultamos el estatuto es “claro” en cuanto a que el docente no debe “sesgar” la información que se le da a los alumnos.

Según las fuentes del CES, ese organismo entiende que una actividad viola la laicidad cuando hay una inclinación hacia una sola de las posturas en torno a un tema de discusión. Explicaron que el CES no presenta reparos a charlas extracurriculares sobre temas candentes, como aborto o la legalización de la marihuana, siempre que estén incluidas todas las campanas en torno al debate.

A modo de ejemplo, los informantes explicaron que durante la campaña electoral algunas instituciones consultan antes de invitar a los candidatos a una charla con los alumnos, para despejar dudas sobre eventuales violaciones a la laicidad. Ante esos casos, el CES ha dado luz verde siempre y cuando la institución invitara a todos los candidatos.

En el caso del liceo Nª 1 de Salto las fuentes explicaron que la charla tuvo una postura “adoctrinadora” que no apuntaba a generar una “reflexión” en los alumnos. En Perspectiva pudo saber que el punto más grave que determinó la reacción de las autoridades es que la directora no sólo no solicitó autorización a la inspección, sino que desconoció el consejo de la referente en educación sexual del liceo que recomendó no realizar la charla porque había “sesgo” en el contenido.

¿Y por qué se optó por el sumario con separación del cargo y retención salarial de la directora, una medida que el profesor Robert Silva, representante de los docentes en el Codicen, califica como excesiva?

Las fuentes del CES explicaron a En Perspectiva que se optó por esa forma de sanción porque no es conveniente que durante el sumario el funcionario tenga contacto con alumnos y docentes a los que debe tomarse declaración para la investigación.

Los argumentos de “las madres”

Mientras tanto, el grupo de madres que dictó las charlas sobre sexualidad en el liceo Nº 1 de Salto enfatiza que no violó la laicidad.

Para defender su posición se basan en otra norma -la ley general de Educación (2008)- que indica algo similar a las disposiciones del Estatuto Docente que invoca la profesora Puente. En esa ley, recuerdan, se define la laicidad como el principio que "asegurará el tratamiento integral y crítico de todos los temas en el ámbito de la educación pública, mediante el libre acceso a las fuentes de información y conocimiento que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa", y se agrega que "se garantizará la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias".

A partir de ese texto, la abogada Karina Goday, que asesora a las madres, enfatiza que "la laicidad se viola si se impide mostrar alguna de las visiones sobre un tema".

Luego aclara que las charlas que armaron en el liceo de Salto (la primera fue el 27 de junio) “se enmarcaron dentro de un plan de fortalecimiento de vínculos con la comunidad que aplica el centro educativo”. Destaca que “en ellas, los alumnos tuvieron la palabra, refutaron algunos conceptos vertidos y también manifestaron su desacuerdo”. Según Goday, ante estas reacciones la directora les dijo que en el marco del plan se podía organizar charlas con otras posturas sobre la sexualidad y el aborto. Sin embargo, esto no se pudo concretar porque de inmediato se impuso el sumario, dice Goday.

46 sumarios en este año

Algún dato más, de contexto, que haya surgido en las averiguaciones…

Los jerarcas del CES con los que hablamos dijeron que este caso tomó dimensión pública a raíz de las denuncias realizadas por la diputada Mutti, pero que entre el año pasado y lo que va de 2017 hubo 46 sumarios con separación del cargo y retención salarial a funcionarios docentes y no docentes. Entre las causales, por ejemplo, es cada vez más frecuente encontrar contactos “improcedentes” entre docentes y alumnos a través de las rede sociales.

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(*) Aprobado por Acta Nº68, Resolución Nº9 de fecha 20 de diciembre de 1993, complementado y modificado por las Resoluciones del Consejo Directivo Central a agosto de 2015.

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Foto: Liceo 1 de Salto. Crédito: Wikipedia