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La Justicia uruguaya falló contra Google en el tema derecho al olvido: Deberá desindexar información personal de la denunciante

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Foto: Pexel

Un Tribunal de Apelaciones en lo Civil confirmó una sentencia de primera instancia que condenó a Google a desindexar de su motor de búsqueda noticias referentes a una familia que había sido acusada penalmente en 2012 de mantener en condiciones de esclavitud a trabajadoras bolivianas.

El fallo condena a Google Argentina, oficina encargada de la región sur de América, y también a su matriz en Estados Unidos, a proceder a la desindexación de artículos de medios de comunicación de hace más de diez años, en los que aparece información sobre esa causa penal que finalmente terminó siendo archivada.

En la sentencia, el Tribunal de Apelaciones, no hizo lugar a los argumentos de Google, que estuvo representada por el abogado Nicolás Brausse, del estudio Dentons Jiménez de Aréchaga.

Según el abogado de la multinacional, la familia no estaba legitimada a demandar a Google, ya que la autoría de la información que perjudicó a los demandantes corresponde a los medios de comunicación. “Google no es el autor del contenido, por lo que no puede ‘acceder’ al mismo para eventualmente editarlo o suprimirlo, como pretenden los actores” y, aun si pudiera, “implicaría afectar fuentes de información periodística, la labor esencial de la prensa y su rol clave en el ejercicio de la libertad de expresión”, expresó Google en su defensa.

Según La Diaria, los demandantes, representados por el abogado Pablo Monsuárez, plantearon que al habilitar las acciones directas frente al motor de búsqueda, no se está violando la libertad de prensa ni el derecho a la información, porque las noticias se mantienen en los sitios de origen.

El fallo está basado en la protección del derecho al olvido, que le da la posibilidad a cualquier persona de pedir que se elimine de los motores de búsqueda de internet, un contenido que la perjudique de alguna manera. En Uruguay, este derecho no está legislado, pero se lo considera una “extensión” del derecho a la protección de los datos personales, que sí está previsto en la legislación nacional.

En septiembre de este año, una sentencia del Juzgado Civil de 5 turno, hizo lugar a una demanda para que Google, eliminara de los resultados de búsqueda información que “dañaba el honor” de una persona. Fue la primera sentencia que en Uruguay llega a este extremo y que terminaba reconociendo, en los hechos, el derecho al olvido; En Perspectiva le dedicamos un espacio en entrevista con el abogado que patrocinó la demanda, el Dr. Eduardo Sasson. 

Sin embargo, esa sentencia fue posteriormente revocada en segunda instancia. Sasson presentó entonces un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal de Apelaciones.

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Enlace relacionado: Recurso de casación – Dr Eduardo Sasson

Enlace relacionado: Sentencia en segunda instancia – Caso contra Google sobre el "derecho la olvido"