Entrevistas

"Delito de peligro" por violación a disposiciones sanitarias: La propuesta no es "demasiado abierta"; jueces y fiscales van a decidir si se aplica "con racionalidad y proporcionalidad", "como en cualquier otra norma"

Por

Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El Senado está discutiendo un proyecto de ley ya aprobado en la Cámara de Diputados, que convertiría en “delito de peligro” a la violación de disposiciones sanitarias como cuarentenas o la prohibición de aglomeraciones.

La propuesta pretende modificar el artículo 224 del Código Penal, que hoy dice lo siguiente: “El que mediante violación a las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas de cualquier naturaleza, causare daño a la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión”.

Este artículo está hoy en día catalogado como “delito de daño”, por lo que para poder castigarse se debe de poder probar el daño. El proyecto de ley presentado por el diputado nacionalista Mario Colman lo convertiría en un “delito de peligro”, con lo que bastaría el mero riesgo para poder aplicar una pena de prisión.

La propuesta también fue aprobada en la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara Alta, aunque Cabildo Abierto definió la semana pasada que no votará su redacción actual y presentó una nueva, que ahora está a estudio de esa comisión.

Conversamos sobre el sentido de realizar este cambio con el doctor Eduardo Sasson, vicepresidente de la Asociación de Abogados Penalistas.